Auto Supremo AS/0971/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0971/2016

Fecha: 18-Ago-2016

IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y el de forma son dos medios de impugnación distintos, que persiguen igualmente finalidades diferentes, el uno, nos referimos al de fondo, está orientado a que el Tribunal Supremo revise el fondo de la resolución del litigio, y en este caso lo que el recurrente pretende es que el Auto Supremo "CASE" la resolución recurrida y resuelva el fondo de la controversia en base a la correcta aplicación o interpretación de la ley o la debida valoración de la prueba. En cambio el recurso de casación en la forma está orientado a que el Tribunal Supremo constate la existencia de errores formales en la resolución impugnada o de procedimiento en la sustanciación de la causa que conlleven la afectación del debido proceso, en ese caso la pretensión recursiva está orientada a la nulidad de la resolución impugnada o la nulidad de obrados.”
IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Conforme a lo señalado en la doctrina aplicable al caso, en el punto que antecede, cuando se recurre de casación en el fondo, debe efectuárselo por errores en la resolución de fondo del litigio, circunscribiendo a las causales de procedencia establecidas en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil, con la finalidad que el Tribunal Supremo revise el fondo de la resolución del litigio, casando el Auto de Vista y la emisión de una nueva Resolución que resuelva el fondo del litigio de ser fundada la acusación vertida