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    Auto Supremo AS/0984/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0984/2016

    Fecha: 22-Ago-2016

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    • Partes: Nely Remedios Aillon de Armijo
    • Expediente: CB-76-16-Com
    • I.- ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
    • Contra la referida resolución Nely Remedios Aillon de Armijo interpuso recurso de casación de fs
    • Por memorial de fs
    • Aduce que el Tribunal Ad quem hubiera aplicado indebidamente los arts
    • Solicitando en definitiva declarar legal el recuso de compulsa y conceder el recurso de casación
    • III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • En principio corresponde señalar que la Ley tiene un carácter temporal, debido a que en
    • Ahora si bien la misma en doctrina resulta aplicable, empero, su aplicabilidad no es de
    • Sobre el primer punto en lo que concierne en analizar desde el enfoque constitucional, debido
    • Ahora en cuanto al segundo, es decir analizar si la norma de cual se pretende
    • Y por último, la Ley derogatoria en ciertos casos es la que establece expresamente
    • III.3.- De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
    • Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el Principio de Impugnación
    • Sobre el tema el art
    • Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el Legislador ha establecido la procedencia
    • Y a los efectos de tener un entendimiento certero se debe aclarar que se entiende
    • Valga aclarar que lo expuesto no resulta una regla absoluta, en el entendido que el
    • III.4.- De la improcedencia del recurso de casación contra resoluciones dictadas en Procesos Concursales
    • Que conforme a lo precedentemente anotado, actualmente se encuentra el vigencia la Ley 439, misma
    • Bajo esa premisa, el art
    • IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Sobre lo reclamado en principio corresponde tener en claro que el presente proceso trata
    • Partiendo de lo expuesto, en el sub lite, la resolución que da origen al presente
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
    • Se impone multa a la compulsante conforme al art
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.

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