Auto Supremo AS/0984/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0984/2016

Fecha: 22-Ago-2016

Que conforme a lo precedentemente anotado, actualmente se encuentra el vigencia la Ley 439, misma

Que conforme a lo precedentemente anotado, actualmente se encuentra el vigencia la Ley 439, misma que por su connotación adjetiva no permite ultra actividad del Código de Procedimiento Civil, con la salvedad establecida en la disposición transitoria cuarta y quinta, con la aclaración que su aplicación resulta total para los procesos en trámite en segunda instancia y casación, conforme orienta la Disposición Transitoria Sexta de la citada Ley, y para casación bajo los parámetros descritos en el punto anterior