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    Auto Supremo AS/0718/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0718/2016-RRC

    Fecha: 19-Sep-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 6 de mayo de 2016, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 55/2015 de 27 de noviembre (fs
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 468/2016-RA de 24 de junio,
    • Bajo el título: “VIOLACION DEL DERECHO DE IMPUGNACION, ILEGAL CONVALIDACION DE SENTENCIA E INOBSERVANCIA DEL
    • I.1.2. Petitorio
    • Los recurrentes solicitan que luego del trámite de ley, la Sentencia y el Auto de
    • I.2. Admisión del recurso
    • II.1. De la Sentencia
    • Como efecto del requerimiento conclusivo de aplicación del procedimiento abreviado, fundamentado en audiencia de 27
    • Según el testigo Marcelo Vargas Villanueva, que además es funcionario de la ANH, el chofer
    • 2) Por lo expuesto, el Juez Cautelar llega a la conclusión que el relato fáctico
    • Luego de dicho razonamiento, el Juez de Instrucción en lo Penal, impuso la pena sujeta
    • “al haber renunciado al recurso de apelación se declara la ejecutoria de la sentencia y
    • II.2. Del Auto de Vista impugnado
    • Planteado el recurso de apelación restringida por el acusado Boris Salinas Barrientos, previo memorial de
    • b) En cuanto a los memoriales de adhesión al memorial principal de apelación restringida, presentados
    • Por lo expuesto, siendo que la Sentencia recurrida se encuentra ejecutoriada, no existe razón para
    • Los recurrente denuncian que el Tribunal de apelación, pretendiendo convalidar la ejecutoria del fallo, fundamentó
    • III
    • Antes de analizar el precedente invocado por los recurrentes, es preciso acudir al razonamiento establecido
    • En la misma línea, el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014, respecto
    • III.2. Análisis del caso planteado
    • “…en respeto del ‘principio de impugnación’, garantizado por el art
    • Luego de dichos fundamentos, se concluyó que el Auto de Vista recurrido, contradijo la doctrina
    • Por lo expuesto, se advierte que la problemática procesal que dio lugar al precedente invocado,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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