Auto Supremo AS/0759/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0759/2016-RA

Fecha: 28-Sep-2016

Con relación al único motivo, en el que señala que el Tribunal de alzada debió


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

Conforme a lo normado en el art. 417 del CPP, el plazo máximo para la interposición del recurso de casación es de cinco días, verificándose en el presente caso que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista el 16 de junio de 2016 (fs. 1312), planteando su recurso de casación el 24 del mismo mes y año, extremo que evidencia que dicho medio de impugnación se planteó dentro del plazo legal (Para el computo del plazo se tomó en cuenta que el día martes 21 de junio de 2016 fue día feriado nacional por el año nuevo Aymara) correspondiendo; por lo tanto, verificar a continuación el cumplimiento de los demás requisitos.

Con relación al único motivo, en el que señala que el Tribunal de alzada debió declarar admisible y procedente su recurso y declararle absuelto, de acuerdo al art. 363 inc. 3) del CPP, teniendo en cuenta que en sus considerandos de manera correcta advierte que la Sentencia no señala de manera precisa la existencia o no de los elementos constitutivos de los tipos penales acusados por el Ministerio Público y la adhesión del acusador particular; sin embargo, de manera incongruente declara admisible e improcedente su recurso de apelación restringida