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    Auto Supremo AS/0763/2016-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0763/2016-RA

    Fecha: 29-Sep-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 18 de julio de 2016, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Walter Eleuterio Chura Ayala (fs
    • c) Por diligencia de 12 de julio de 2016 (fs
    • 1) El recurrente efectuando una reiteración de los diez puntos que no fueron considerados por
    • 2) Continúa manifestando que en su memorial de apelación, denunció “vulneración ultrapetita” efectuada por el
    • 3) Con el epígrafe de recurso de casación en el fondo, el recurrente reiterando los
    • 4) Asimismo, refiriéndose a otro de los motivos de apelación restringida, en el que denuncia
    • 5) El recurrente alega que su recurso de casación, se basa también en que no
    • 6) Haciendo una descripción del último considerando del Auto de Vista recurrido, denuncia que no
    • En el otrosí segundo de su memorial de casación, cita los Autos Supremos 221 de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • De la revisión de antecedentes, se tiene que el acusado Eduardo Correa Quispe fue notificado
    • En el primero motivo de casación, previa descripción de los diez puntos especificados en el
    • Similar situación a la anterior, se detecta en la formulación del segundo motivo de casación,
    • Con relación al tercer motivo, en el que el recurrente cuestiona que el Tribunal de
    • Se aclara que el Auto Supremo 207 de 16 de agosto de 2008, no será
    • Con relación al cuestionamiento que efectúa el recurrente en el cuarto motivo de casación, sobre
    • En cuanto al quinto motivo se advierte que el recurrente, se limita a aludir de
    • Finalmente, en el sexto motivo en el que el recurrente cuestiona que el Auto de
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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