c) Por memorial de 2 de agosto del 2016 (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Víctor Fabián Ordoñez Delgado, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 854 a 867 vta.), resuelto por Auto de Vista 76/2016 de 5 de julio, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaro sin lugar las cuestiones planteadas en el recurso y confirmó la Sentencia apelada.
c) Por memorial de 2 de agosto del 2016 (fs. 911) el recurrente se dio por notificado con el Auto de Vista impugnado; y, el 9 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 9 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por memorial de 2 de agosto del 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 2 de agosto de 2016, el
- En el primer motivo el recurrente alega que el Auto de Vista impugnado es contrario
- Respecto al tercer motivo el recurrente refiere que reclamó en el recurso de apelación restringida,
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- Por otra parte, cabe destacar que el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
