En el caso de autos, se evidencia que la recurrente fue notificada con el Auto
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
En el caso de autos, se evidencia que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista recurrido el 5 de agosto de 2016, interponiendo el recurso de casación el 12 del mismo mes y año; es decir, dentro del plazo de los cinco días hábiles que establece la ley
- Por memorial presentado el 12 de agosto de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- La recurrente inicialmente realiza un resumen de los criterios asumidos en la Sentencia y en
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se evidencia que la recurrente fue notificada con el Auto
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad, se observa que la recurrente denuncia, la violación
- Se aclara con referencia a las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios, pues el art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
