Auto Supremo AS/0766/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2016-RA

Fecha: 29-Sep-2016

Se aclara con referencia a las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios, pues el art


Se aclara con referencia a las Sentencias Constitucionales no constituyen precedentes contradictorios, pues el art. 416 del CPP, sólo reconoce en esa calidad a los Autos de Vista pronunciados por los Tribunales Departamentales de Justicia y los Autos Supremos dictados por las Salas Penales del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, cualquier pretensión de hacer valer una Sentencia Constitucional como precedente en la jurisdicción ordinaria, no es viable