Auto Supremo AS/1052/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1052/2016

Fecha: 06-Sep-2016

En este marco y dada la naturaleza jurídica de cada recurso extraordinario, los fundamentos que

En este marco y dada la naturaleza jurídica de cada recurso extraordinario, los fundamentos que se expongan respecto de cada uno de ellos, deben estar adecuadamente diferenciados, de modo tal, que el Tribunal Supremo lo considere en el efecto correspondiente; empero en la Litis la empresa recurrente al margen de efectuar trascripciones íntegras de resoluciones emitidas tanto por el Tribunal Constitucional Plurinacional y este Tribunal Supremo, tal es el caso del A.S. Nº 107/2013-RRC de 22 de abril, emitida por la Sala Penal Segunda de este Tribunal Supremo (trascrita a fs. 716 vta. a 718 vta.) en lo pertinente al delito de Calumnia, la empresa demandante de manera confusa e imprecisa concluye: “ POR LO TANTO, HUELGAN MAYORES COMENTARIOS SOBRE EL PARTICULAR, QUEDANDO TODO LO ASEVERADO EN ESTE PÁRRAFO DEL AUTO FUERA DEL CONTEXTO LEGAL LUEGO DE LA INTERPRETACIÓN YA REALIZADA POR LA JUSTICIA ORDINARIA SOBRE EL PARTICULAR ADEMÁS QUE EN UNA "LÓGICA ELEMENTAL” DE LA QUE PARECE CARECEN LOS SEÑORES VOCALES INDEPENDIENTEMENTE DE SU DESCONOCIMIENTO DE LA JURISPRUDENCIA….”, este argumento no puede ser equiparado a un sustento del recurso de casación