Auto Supremo AS/1064/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1064/2016

Fecha: 06-Sep-2016

Al respecto corresponde señalar que de la revisión de obrados, se tiene que a fs

Al respecto corresponde señalar que de la revisión de obrados, se tiene que a fs. 9 y vta., la parte demandante solicita se declare a la señora Caty Mary Arévalo Bernal como única y exclusiva propietaria del bien inmueble en litigio para que luego se disponga la restitución del bien inmueble, y la condena de pago de daños y perjuicios, demanda que es admitida pero que no es comprendida por los jueces de instancia, ya que de la revisión de la resolución de primera instancia se tiene que el análisis del mejor derecho propietario como condición previa a la acción principal (reivindicación) demandada por la parte actora, no correspondía al haber rechazado la demanda declarándola improbada, porque en criterio de la Juez A quo la demandante jamás habría demostrado estar en posesión del bien inmueble en cuestión y tampoco habría demostrado la desposesión del mismo, concluyendo que no se trataría de un mismo bien inmueble