Auto Supremo AS/1064/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1064/2016

Fecha: 06-Sep-2016

Que en la Escritura Pública no existirían colindancias consecuentemente la demandante cuestiona donde la


Que en la Escritura Pública no existirían colindancias consecuentemente la demandante cuestiona donde la demandante ha demostrado su real ubicación, esta no existiría y el Tribunal de alzada erráticamente otorgaría validez a un hecho inexistente que no constituye identidad de la cosa demandada, coetáneo a la certificación de fs. 7 cuyo derecho es diferente al folio que se consigna con el poder de fs. 2; otro factor constituiría la superficie que la actora refiere es de 353 mts.2 y la prueba taxativa a fs. 241 sobre la tradición desgajada de la partida Nº 298 de fs. 353 de Julio Patiño S. Bustamante sobre fracción de tierra Nº 9 situada en la hacienda Calacoto situación que desde dicha transcripción habría sido adulterada para beneficia a los anteriores titulares y por las declaraciones de testigos propuestos en la inspección judicial se tendría que la actora nunca estuvo ni ejerció actos de dominio por lo que el razonamiento del Tribunal de Alzada vulneraria los arts. 397 del CPC y el art. 1286 del CC