b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs. 584 a 588), resuelto por Auto de Vista 82/2016 de 7 de junio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró improcedente las cuestiones planteadas y confirmó la Sentencia impugnada
- Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) Por diligencia de 29 de agosto de 2016 (fs
- Del memorial de recurso de casación que cursa de fs
- Finalmente, haciendo referencia al principio de impugnación que indica es reconocido por las Sentencias Constitucionales
- El art
- una misma norma con diverso alcance; pues debe tenerse presente, que en el actual régimen
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el requisito relativo
- Sobre el primer motivo, la recurrente si bien denuncia que la Sentencia es insuficiente y
- Adicionalmente, se observa que aun acudiendo a los presupuestos de flexibilización establecidos por este Tribunal
- Asimismo, en cuanto a la denuncia contenida en el inc
- Finalmente, es necesario hacer referencia al Auto Supremo 302 de 15 de octubre de 2007,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
