De forma independiente, cita los Autos Supremos 152 de 2 de febrero de 2007 y
6) Señala que el Auto Supremo 537/2006 de 17 de noviembre 2006, es contradictorio al Auto de Vista ya que el Tribunal de apelación ha revalorizado la prueba consistente en el Testimonio 672 y la prueba extraordinaria del proceso abreviado al referirse de manera extra petita al indicar que ha sido Sentenciado por proceso abreviado por los delitos de Falsedad Material, Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado cuando ese extremo es falso, porque solo fue condenado por el delito de Uso de Instrumento Falsificado.
De forma independiente, cita los Autos Supremos 152 de 2 de febrero de 2007 y 132 del 31 de enero, indicando que el Tribunal de alzada no hubiese resuelto los puntos apelados, Auto Supremo 657/2007 del 15 de diciembre, respecto a la fundamentación que debe contener las resoluciones, Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006 sobre la subsunción, Auto Supremo 639 del 20 de octubre de 2004 sobre “unificar jurisprudencia”, Auto Supremo 384 del 26 de septiembre 2005 y Auto Supremo 67 de 27 de enero de 2006, respecto al principio de legalidad
- Por memorial presentado el 19 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 12 de octubre de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Se ha manifestado que se ha incorporado varias pruebas literales como testificales, pero de
- 5) Inobservancia del art
- De forma independiente, cita los Autos Supremos 152 de 2 de febrero de 2007 y
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 12 de octubre del 2016 fue
- En el sexto motivo, se alega que el Auto Supremo 537/2006 de 17 de noviembre
- Finalmente, debe aclarase que el recurrente al finalizar su recurso de casación, cita varios Autos
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
