Auto Supremo AS/0018/2017-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2017-I

Fecha: 17-Ene-2017

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 18-I
Sucre, enero 17 de 2017

Expediente: 018/2017-A
Demandante: Servicio Nacional del Sistema de Reparto
Demandado : Claudia Figueroa Mamani y otros
Materia : Coactivo Social
Distrito: Potosí

VISTOS: El recurso de casación de fs. 93 a 94 vta., interpuesto por Grover Vargas Lezcano y Mirvia Arrueta Montesinos, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto, contra el Auto de Vista Nº 117/2016, de 15 de noviembre, cursante de fs. 89 a 91 vta., pronunciado por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro de la demanda coactivo social seguido por la entidad recurrente contra los herederos de Filomena Mamani Colque; el Auto de 3 de enero de 2017, que concedió el recurso; los antecedentes de la demanda; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Consideraciones Previas
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero de 2016, corresponde aplicar a plenitud el NCPC conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, que establece que en los procesos en trámite en casación debe aplicarse dicho procedimiento