Un decreto o providencia, es un tipo de resolución judicial que sin fallar sobre
Que, los antecedentes procesales que informan el caso de autos, refieren que tanto el recurso de apelación como el recurso de casación se origina a consecuencia de un decreto o providencia simple sin sustanciación que observa la demanda antes de su admisión, naturaleza de la resolución judicial que impide que se ingrese al análisis del recurso de casación planteado en consideración de los siguientes aspectos:
Un decreto o providencia, es un tipo de resolución judicial que sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto permitir el desarrollo normal del proceso u ordenar actos de mera ejecución o cumplimiento, de ahí que, sobre las providencia el Código Procesal Civil (NCPC) en el art. 253 solo contempla el recurso de reposición, y solo permitiendo la apelación alternativa de acuerdo al art. 254 – V de la misma norma en relación a los autos locutorios objeto del recurso de reposición que no es el caso
Un decreto o providencia, es un tipo de resolución judicial que sin fallar sobre incidentes o sobre trámites que sirvan de base para el pronunciamiento de una sentencia, tiene sólo por objeto permitir el desarrollo normal del proceso u ordenar actos de mera ejecución o cumplimiento, de ahí que, sobre las providencia el Código Procesal Civil (NCPC) en el art. 253 solo contempla el recurso de reposición, y solo permitiendo la apelación alternativa de acuerdo al art. 254 – V de la misma norma en relación a los autos locutorios objeto del recurso de reposición que no es el caso
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