Auto Supremo AS/0018/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0018/2017-RA

Fecha: 17-Ene-2017

Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio


Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio ni con la mera referencia de vulneración del derecho a la defensa y al debido proceso, pues a efectos de ingresar al fondo del agravio vía flexibilización, la recurrente tenía la obligación de cumplir con los presupuestos explicados en el acápite III de esta Resolución, mismos que fueron completamente omitidos, pues a más de proceder a señalar de manera general la vulneración de derechos y garantías constitucionales, no las relaciona a algún defecto absoluto, y como resultado de la deficiencia antes descrita, de ninguna manera precisa cuál su relación con lo resuelto por el Tribunal de alzada al no establecer por ejemplo cuales las pruebas defectuosamente valoradas que llevaron a asumir una decisión incorrecta, generando que el recurso resulte inadmisible, aun así acudiendo a los criterios de flexibilización