Por memorial presentado el 13 de octubre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 018/2017-RA
Sucre, 17 de enero de 2017
Expediente: Tarija 85/2016
Parte Acusadora: Carol Belén Aguilar Ilacio
Parte Imputada: Virginia Sandra Borja Orcko
Delito: Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de octubre de 2016, cursante de fs. 131 a 132 vta., Virginia Sandra Borja Orko, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 25/2016 de 4 de agosto de fs. 117 a 118 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Carol Belén Aguilar Ilacio contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 018/2017-RA
Sucre, 17 de enero de 2017
Expediente: Tarija 85/2016
Parte Acusadora: Carol Belén Aguilar Ilacio
Parte Imputada: Virginia Sandra Borja Orcko
Delito: Injuria
RESULTANDO
Por memorial presentado el 13 de octubre de 2016, cursante de fs. 131 a 132 vta., Virginia Sandra Borja Orko, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 25/2016 de 4 de agosto de fs. 117 a 118 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por Carol Belén Aguilar Ilacio contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Injuria, previsto y sancionado por el art. 287 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 13 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 7 de octubre de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se establece que el 7 de octubre de 2016, fue
- En cuanto al único motivo traído en casación, referido al incorrecto pronunciamiento del Tribunal de
- A los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de formalidad del
- Finalmente, las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser suplidas de oficio
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
