1) Bajo el acápite “PRIMER AGRAVIO”; alega, que el recurso de apelación restringida interpuesto por
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de fs. 111 a 123 vta., se extraen los siguientes motivos:
1) Bajo el acápite “PRIMER AGRAVIO”; alega, que el recurso de apelación restringida interpuesto por María Elva Zambrano, no cumple con los requisitos exigidos en el procedimiento para su admisibilidad por parte del Tribunal de apelación, pues no precisó las disposiciones inobservadas o erróneamente aplicadas, instancia que no realizó un adecuado test de admisibilidad, vulnerando con ello su derecho al debido proceso en su componente de tutela judicial efectiva e igualdad, constituyendo así, un defecto absoluto inconvalidable a tenor del art. 168 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP); de igual manera, en lo que respecta al recurso de alzada presentado por el Ministerio Público, con argumentos similares, impugna la falta de un adecuado examen de admisibilidad por parte del Tribunal de apelación en lo que respecta al recurso de apelación restringida, situación que le impidió tener certeza respecto a las causales que motivaron ambos recursos. Invoca los Autos Supremos 174/2013 de 19 de junio, 98/2013-RCC, 327/2016-RRC y 311/2015-RRC
- Por memorial presentado el 20 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, el Ministerio Público (fs
- c) Por diligencia de 14 de octubre de 2016 (fs
- 1) Bajo el acápite “PRIMER AGRAVIO”; alega, que el recurso de apelación restringida interpuesto por
- 2) Como “SEGUNDO AGRAVIO”, y con la aclaración que está vinculado al primero, manifiesta que
- 3) En el “TERCER AGRAVIO”, el recurrente manifiesta que la Resolución del Tribunal de alzada,
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- Finalmente, en cuanto al quinto motivo, denuncia errónea aplicación de la Ley sustantiva penal en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
