El art
Por lo señalado, las conclusiones de la sentencia no son consecuencia de una correcta e integral valoración de la prueba; tampoco, fueron analizadas por los vocales de la Sala Penal Única del Departamento de Pando, existiendo una evidente falta de valoración de la prueba ofrecida por el Ministerio Público. Ni la Sentencia ni el Auto de Vista, hacen mención de manera adecuada a las pruebas testificales; por lo que, ambas resoluciones carecen de fundamentación.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el Ministerio Público interpuso recurso de apelación restringida (fs
- c) El 14 de 0ctubre de 2016 (fs
- El recurrente sostiene que el 23 de febrero de 2015, se tuvo conocimiento de la
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ahora bien, de la revisión del recurso, se establece que el recurrente ha identificado dos
- En consecuencia, a los fines de establecer el cumplimiento o no de los requisitos de
- Se deja constancia que las falencias advertidas en el planteamiento del recurso, no pueden ser
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
