Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CCP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Luis Da Silva Rodríguez, cursante de fs. 53 a 55.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Por memorial presentado el 26 de octubre de 2016, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Luis Da Silva Rodríguez interpuso recurso de apelación
- c) Por diligencia de 21 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs. 53 a 55, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- El recurrente en su primer motivo denuncia sustancialmente que los Vocales validaron defectos absolutos de
- No obstante lo señalado, se constata que el recurrente denuncia la existencia de defectos absolutos;
- Sobre las Sentencias Constitucionales: “1075/2003-R”, “1056/2003-R” y “727/2003-R”, nos remitimos al análisis realizado en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
