La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
Asimismo, ante la denuncia de la existencia de defecto absoluto y quebranto del debido proceso, se tiene que el recurrente, en principio cuestiona de manera genérica la falta de fundamentación de la resolución de alzada, limitándose luego a aspectos referidos a la rebaja del quantum de la pena impuesta a la imputada, sin precisar los hechos concretos que le causan agravio, ni explicar jurídica y doctrinalmente la infracción resultante de la emisión del Auto de Vista impugnado y el resultado dañoso emergente del defecto; por lo que, la sola mención de la existencia de defecto absoluto inconvalidable, determina igualmente el incumplimiento de los presupuestos de flexibilización referidos en el acápite III de la presente resolución.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por Betzabé Lourdes Villarroel Rojas y Franz Cuevas Quiroz, en representación de la UMSA, cursantes a fs. 93 a 94 vta. y fs. 110 a 112
- Por memoriales presentados el 3 y 9 de noviembre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencias de 26 de octubre y 3 de noviembre de 2016 (fs
- De la revisión de los memoriales de recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- II.2. Del recurso de casación de Franz Cuevas Quiroz
- En alusión a la normativa establecida en los arts
- El art
- Justicia, que sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de estos Tribunales
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, los recursos fueron interpuestos dentro del plazo de los cinco
- IV.1. Del recurso de casación de Betzabé Lourdes Villarroel Rojas
- Con relación al único motivo referido a que el Auto de Vista impugnado, no consideró
- IV.2. Del recurso de casación de Franz Cuevas Quiroz
- El recurrente denunció que el Auto de Vista impugnado, quebrantó el debido proceso en su
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
