La falta de técnica recursiva, ante la omisión de otorgar los insumos necesarios que permitan
La falta de técnica recursiva, ante la omisión de otorgar los insumos necesarios que permitan a este Tribunal comprender la finalidad de lo denunciado, por la falta de claridad de los supuestos agravios que hubieran sido provocados por las actuaciones del Tribunal de alzada, determinan la inadmisibilidad del recurso; puesto que al margen de lo señalado, tampoco cumplen con la carga de invocar precedentes y precisar la contradicción existente con la Resolución recurrida, al advertirse que en el memorial de Vitaliano Segura Condori no existe invocación alguna y en el presentado por los demás imputados si bien se citan los Autos Supremos 373 de 22 de abril de 2009 y 441 de 20 de octubre de 2006, no constituyen precedentes que permitan desarrollar la labor de contraste que la ley le asigna a esta Sala, por cuanto el primero declaró infundado el recurso de casación careciendo por tanto de doctrinal legal aplicable y el segundo fue pronunciado dentro de un proceso de revisión extraordinaria de sentencia; debiendo añadirse que las Sentencias Constitucionales, tampoco constituyen precedentes a los fines del planteamiento y resolución del recurso de casación como se ha establecido de manera uniforme y reiterada, en aplicación del art. 416 del CPP
- Por memoriales presentados el 3 y 18 de noviembre de 2016, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular María Teresa Gutiérrez Orellana formuló recurso de
- c) Por diligencias practicadas el 26 de octubre de 2016 (fs
- Del recurso de Vitaliano Segura Condori, se extraen los siguientes motivos
- 3) Afirma que la comparación realizada por la parte acusadora con relación a los otros
- 5) La “…parte acusadora al momento en que ha tomado conocimiento el Dr
- 6) Sostiene que fue de conocimiento de las partes, la continuidad del proceso, no siendo
- El recurso de casación planteado por los precitados, contiene argumentos idénticos al opuesto por el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que los recursos de casación fueron presentados dentro
- En ese ámbito, previamente es necesario recordar que una de las exigencias de admisibilidad del
- Los extremos señalados, no se evidencia que hubieran sido cumplidos por los recurrentes, quienes
- La falta de técnica recursiva, ante la omisión de otorgar los insumos necesarios que permitan
- Por lo explicado, los argumentos empleados en los recursos de casación ahora analizados, no resultan
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
