Auto Supremo AS/0088/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0088/2017-RA

Fecha: 24-Ene-2017

En los recursos de casación sujetos a análisis, los recurrentes refieren que el Tribunal de


En los recursos de casación sujetos a análisis, los recurrentes refieren que el Tribunal de alzada generó contradicción entre la fundamentación legal del fallo y la normativa citada como fundamento, porque la finalidad de la Ley 586, es la de agilizar la tramitación de las causas penales, no obstante de ello al anular obrados atentó contra el debido proceso y el principio de celeridad; que las juezas ciudadanas o escabinas ya estaban legalmente designadas y legitimadas para dirimir el fondo de la causa; que no existen agravios invocados para respaldar la nulidad dispuesta generando incongruente aplicación retroactiva de la normativa procedimental, acto vulneratorio del juez natural y del principio de favorabilidad. Al respecto, señalan como fundamento jurisprudencial el Auto Supremo 77/2013