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    Auto Supremo AS/0275/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0275/2017

    Fecha: 16-Oct-2017

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El Recurso de Casación en el fondo y en la forma de fs
    • En grado de apelación formulada por Luis Igor Rojas Banegas (fs
    • Dicho fallo motivó el Recurso de Casación en el fondo y en la forma de
    • Que el Auto de Vista al haber confirmado el Auto Definitivo Nº 03/2016, vulneraria el
    • Que la documental ofrecida en calidad de prueba no fue considerada por el Tribunal de
    • Que el Auto de Vista Nº 665/2016 de 17 de noviembre, de fs
    • Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nº 665/2016
    • Mediante memorial cursante de fs
    • Mediante Auto Supremo Nº 22-A de 25 de enero de 2017 la Sala Contenciosa, Contenciosa
    • En mérito a que el Recurso de Casación ha sido interpuesto en el fondo y
    • Que, la parte recurrente solicita la nulidad de obrados bajo el fundamento que el Tribunal
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    • Por lo que se advierte que dicho reclamo no es evidente ya que si bien
    • Ameritando referir solo a mayor abundamiento que el Tribunal Supremo de Justicia, en su amplia
    • Que así planteado el Recurso de Casación en el fondo, los antecedentes del proceso y
    • Bajo dichos antecedentes, de la revisión del Auto de Vista recurrido, se observa que la
    • Ante ello debe puntualizarse, que el Estado Boliviano se sustenta en principios, valores y fines,
    • El poder público del Estado se encuentra organizado y estructurado para su ejercicio en los
    • En el antecedente referido, y aplicando al caso concreto, se evidencia que el demandante, a
    • Bajo esos parámetros, se concluye que el Tribunal ad quem vulneró la irrenunciabilidad de los
    • Por otro lado en relación a la documental ofrecida en calidad de prueba junto con
    • Finalmente en cuanto a la respuesta del Recurso de Casación, en la cual se señaló
    • Por todo lo analizado en función de las violaciones y acusaciones que contiene el Recurso
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Sin responsabilidad de multa por ser excusable
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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