Auto Supremo AS/0282/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2017

Fecha: 16-Oct-2017

Se cita como jurisprudencia al respecto, el Auto Supremo (AS) Nº 22, de 20 de

Se refiere que la resolución impugnada no es exhaustiva, puesto que la autoridad que emitió dicha resolución no se pronunció sobre las cuestiones expuestas en apelación, así no se manifestó sobre los antecedentes de una relación laboral, la relación de dependencia, subordinación y el principio de primacía de la realidad, del trabajo por cuenta ajena y el error de derecho argüido, los que fueron expuestos y fundamentados en apelación; omisión que conllevaría la nulidad de la resolución impugnada, al lesionar el debido proceso.
Se cita como jurisprudencia al respecto, el Auto Supremo (AS) Nº 22, de 20 de enero de 2000, de la Sala Civil I