Auto Supremo AS/0291/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0291/2017

Fecha: 20-Oct-2017

Consiguientemente, siendo evidentes en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el Recurso, en

Consiguientemente, siendo evidentes en parte las infracciones de las disposiciones acusadas en el Recurso, en consecuencia corresponde fallar en la forma prevista por el art. 220.IV del Código Procesal Civil (CPC), aplicable por la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT)