Que si bien la prueba DOCUMENTAL PD-4 (dictamen pericial de genética forense), establece en sus
Que si bien la prueba DOCUMENTAL PD-4 (dictamen pericial de genética forense), establece en sus conclusiones: que a partir del hisopo con muestra vaginal correspondiente a la víctima, se obtiene un perfil genético correspondiente a una persona de sexo masculino diferente al perfil genético a partir de la muestra de sangre perteneciente a Iván Limachi Ticona, donde se tomó como muestra un HISOPO VAGINAL de la víctima contrastando con la muestra consistente en sangre seca del hoy acusado Iván Limachi Ticona, ello se explica porque para la presente pericia genética lamentablemente no se tomó en cuenta como muestra el líquido seminal encontrado en la prenda de la víctima (calzón rosado) donde si se encontró semen, explicándose que este antígeno prostático no se encuentra en el hisopado vaginal porque no hubo eyaculación dentro de la vagina, empero existió el acceso carnal. De lo anterior se concluye en forma incontrovertible que la menor (…) ha sufrido una violación toda vez que se establece un acceso carnal forzado y un desgarro reciente, que ha provocado sangrado impregnado en la prenda interior, siendo el autor Iván Limachi Ticona, quien es el acusado en el presente caso en forma individualizada
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 224/2015 de 17 de julio (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, interpretó erróneamente el fundamento de su recurso
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 379/2017-RA de 29 de mayo, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- DEL LABIO MAYOR DERECHO
- Que si bien la prueba DOCUMENTAL PD-4 (dictamen pericial de genética forense), establece en sus
- Que, en consecuencia la sustentación de la defensa en sentido de que el mismo no
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- El acusado Iván Limachi Ticona, entre otros motivos de su recurso de apelación restringida, denunció
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Auto de
- En cuanto a la supuesta inobservancia del art
- En el caso presente, este Tribunal aperturó su competencia por la concurrencia de presupuestos de
- III.1.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- recurrentes además de expresar las reglas de la lógica que hubieran sido inobservadas, deben vincular
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.2. Análisis del caso concreto
- Precisado el ámbito de análisis del recurso en el preámbulo del acápite III de este
- Conforme lo relatado, se advierte que el acusado, incurrió en un planteamiento confuso de los
- señaló que el imputado en su oportunidad debió ofrecer su prueba pericial y pedir se
- Asimismo, corresponde establecer, que en el hipotético caso de que el imputado, alegará falta de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
