Respecto del tercer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista mantiene vigente
Respecto del tercer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista mantiene vigente todos los defectos de la Sentencia siendo que en sus motivos de su recurso de apelación restringida señaló que la Sentencia incurrió en defectos previstos por el art. 370 incs. 1), 5) y 6) del CPP, lo que llevó a la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales de defensa y al debido proceso acreditando como disposiciones legales violadas o erróneamente aplicados los arts. 13, 14, 20, 37, 38, 39, 40 y 351 del CP; 124 y 173 del CPP; así como el 115 a 119 de la CPE, normativa de la cual, observa que no existe fundamentación de cómo fue que incurrió en la comisión del delito de Despojo
- Por memorial presentado el 4 de julio de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 28 de junio de 2017 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Con relación al primer motivo, en el que la recurrente señala que el Auto de
- Con relación al segundo motivo, en el que señala que falta resolución expresa sobre el
- Respecto del tercer motivo, en el que denuncia que el Auto de Vista mantiene vigente
- Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios las Sentencias Constitucionales 1621/2013 de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
