Regístrese, hágase saber y devuélvase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación, formulado por Johan Nicolás Georges Bollen, de fs. 212 a 220 vta.
Regístrese, hágase saber y devuélvase
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c)Por diligencia de 31 de mayo de 2017 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer requisito
- en consecuencia, no contiene doctrina legal aplicable; y, en cuanto al segundo precedente, el recurrente
- En cuanto a la mención de las Sentencias Constitucionales 1297/2009 de 9 de septiembre y
- Sobre este reclamo, corresponde señalar que el recurrente incurre en contradicción; por cuanto, por una
- Consecuentemente, la contradicción en la que incurrió el recurrente en la formulación del motivo de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
