Auto Supremo AS/0817/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0817/2017-RA

Fecha: 26-Oct-2017

c)Por diligencias de 26 y 30 de junio de 2015, el Gobierno Autónomo Departamental de


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

a)Por Sentencia 15/2014 de 10 de septiembre (fs. 2006 a 2022), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a: Josué Pablo Cuellar Areco y Liliana Carranza Rojas, autores de la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 154 y 224 del CP, imponiéndoles la pena de tres años de privación de libertad, más costas y resarcimiento de daño civil; Pablo Narvaez Martínez, Julio Cesar Romero López, Nancy Marina Quiroga Cayo, Rodolfo Cuenca Benítez e Inocencio Sagredo Ríos, absueltos por la comisión de los delitos de Incumplimiento de Deberes y Conducta Antieconómica, previstos y sancionados por los arts. 154 y 224 del CP, así como del delito de Contratos Lesivos al Estado, tipificado por el art. 221 de la norma sustantiva penal, en el caso del último de los nombrados.

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados Josué Pablo Cuellar Areco (fs. 2054 a 2064 vta.) y Lourdes Liliana Carranza Rojas (fs. 2265 a 2277), así como el Ministerio Público (fs. 2278 a 2281 vta.), el Gobierno Autónomo Municipal de Uriondo (fs. 2294 a 2295 vta.) y la Gobernación Departamental de Tarija (fs. 2305 a 2312), interpusieron recursos de apelación restringida; resueltos por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que mediante Auto de Vista 3/2014 de 12 de noviembre (fs. 2374 a 2375), declaró inadmisible el recurso interpuesto por la Gobernación Departamental de Tarija y por Auto de Vista 25/2015 de 18 de junio (fs. 2380 a 2385), con lugar el recurso de apelación interpuesto por los imputados Josué Pablo Cuellar Areco y Liliana Carranza Rojas y sin lugar el recurso interpuesto por el Ministerio Público, revocando la Sentencia impugnada y declarando extinguida la acción penal por los delitos de Incumplimiento de Deberes, Conducta Antieconómica y Contratos Lesivos al Estado, en favor de Josué Pablo Cuellar Areco, Liliana Carranza Rojas, Nancy Quiroga Cayo, Pablo Sandro Narvaez Martínez, Julio Cesar Romero López, José Rodolfo Cuenca Benitez, Alberto Gonzalo Segovia e Inocencio Sagredo Ríos.

c)Por diligencias de 26 y 30 de junio de 2015, el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija y el Ministerio Público (fs. 2385 y vta.); además de la Alcaldía Municipal de Uriondo (fs. 2386), fueron notificados con el Auto de Vista impugnado y el 3 de julio del mismo año –los dos primeros- y el 7 de julio del 2015 –el tercero-, interpusieron los recursos de casación que son objeto del presente análisis de admisibilidad