Auto Supremo AS/1083/2017-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1083/2017-RI

Fecha: 12-Oct-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 562 a 566 vta., interpuesto por Ricardo Vidal Castro y el recurso de casación de fs. 568 a 571 vta., formulado por Grover Zenón Chavarría Ponce contra el Auto de Vista Nº 249/2017 de 23 de mayo, cursante de fs. 556 a 557, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Familia, Niñez y Violencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso sobre resolución de contrato, seguido por Gustavo Félix Leyton Avilés contra Ricardo Vidal Castro, la respuesta de fs. 574 a 575 vta. y de fs. 576 a 577, el Auto de fs. 578 que concedió los recursos, los antecedentes del proceso, y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 18 de enero de 2016, cursante de fs. 515 a 519, que declaró probada la demanda principal e improbada la demanda reconvencional de fs. 353 a 356; Resolución de primera instancia que al ser apelada por la parte demandada, fue resuelto por Auto de Vista Nº 249/2017 de 23 de mayo, cursante de fs. 556 a 557, confirmó en todas sus partes la Sentencia apelada, con el argumento que, del análisis de la Sentencia, habría deducido y evidenciado un trabajo de fundamentación y motivación del Juez A quo, con relación los hechos probados, que no deja duda alguna de que el demandado no habría cumplido con la obligación establecida en el contrato base de al presente acción; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Ricardo Vidal Castro y por Grover Zenón Chavarría Ponce, que son objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad