Auto Supremo AS/0112/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0112/2017

Fecha: 13-Nov-2017

A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el


A los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere el art. 440 del Código de Procedimiento Penal, se dispone que el Tribunal Departamental de Justicia de Potosí y todos los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, certifiquen a través de sus Juzgados y Salas Penales, la existencia y estado de algún proceso penal en trámite contra el requerido de extradición. Similar certificación deberá pedirse al Registro Judicial de Antecedentes Penales del Consejo de la Magistratura de Bolivia