Pese a su legal notificación (fs
Manifestó que, la prueba que presento la parte demandante no era suficiente para condenar al Municipio de San Lorenzo al pago de las consultorías, en base a las actas de recepción y conformidad firmadas por el Lic. Luis Fernando Rodriguez Ampuero, Secretario Municipal Administrativo Financiero del Municipio de San Lorenzo, por carecer de competencia para realizar dicho acto administrativo, y por prohibición expresa del art. 39 del Decreto Supremo Nº 181
I.2.1 Petitorio
Concluyó el recurso, solicitando la revocatoria de la sentencia de 15 de agosto de 2015, por ser atentatoria a los intereses del Estado y del Municipio de San Lorenzo
I.3 Respuesta al Recurso de Casación
Pese a su legal notificación (fs. 114) la parte demandante no respondió al Recurso de Casación interpuesto
I.2.1 Petitorio
Concluyó el recurso, solicitando la revocatoria de la sentencia de 15 de agosto de 2015, por ser atentatoria a los intereses del Estado y del Municipio de San Lorenzo
I.3 Respuesta al Recurso de Casación
Pese a su legal notificación (fs. 114) la parte demandante no respondió al Recurso de Casación interpuesto
- La Sentencia citada, motivó el Recurso de Casación fs
- Manifestó que, las Órdenes de Servicio fueron firmadas por el señor Lic
- Pese a su legal notificación (fs
- Que, así expuestos los fundamentos del recurso, reconociendo expresamente la competencia de esta Sala Contenciosa
- En el contexto referido, en el sub lite, el Recurso de Casación no observa la
- 3
- De los fundamentos expuestos por la entidad recurrente, se advierte que pretende que éste
- Por lo expuesto, y tomando en cuenta que el Tribunal Supremo es de puro derecho
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
