Auto Supremo AS/0365/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2017

Fecha: 27-Nov-2017

Concluye indicando: “De nuestra parte dejo expresa constancia que hemos demostrado que el demandante no


I.3 Motivos del recurso de casación
Dentro el plazo previsto por ley, el GAM de Sucre, mediante su representante, por escrito de fs. 136 a 145 interpuso Recurso De Casación en la forma y en el fondo, exponiendo los siguientes agravios:

Casación en la forma.
Incompetencia del juez o tribunal para tramitar la causa.

Acusa que no se tomó en cuenta que la Ley 321 de 18 de diciembre de 2012, en sus arts. 1 y 2 establecen reglas y excepciones en la incorporación de funcionarios públicos municipales a la Ley General del Trabajo, refiere: “…serán incorporados al ámbito de aplicación de la LGT las y los trabajadores asalariados permanentes que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Municipales, con vigencia a partir de la promulgación de dicha ley, sin carácter retroactivo y con excepción establece que esta ley no les alcanza a las y los servidores públicos electos, de libre nombramiento y otros específicos en la norma…”

Concluye indicando: “De nuestra parte dejo expresa constancia que hemos demostrado que el demandante no era trabajador asalariado permanente, por las siguientes razones y fundamentos que respaldan las pruebas cursante a fs. 1 Memorándum Nº 105/2013 de 8 de mayo, mismo que acredita que ha sido designado por la Máxima Autoridad Ejecutiva, con la atribución conferida por el art. 44 núm. 6 de la Ley 2028 y por lo tanto su designación ha sido de libre nombramiento”. En mérito a estos argumentos, acusa incompetencia de la juez a quo y del Tribunal de Alzada