Auto Supremo AS/0365/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0365/2017

Fecha: 27-Nov-2017

Indica:“…se debe tener presente que la motivación de las resoluciones judiciales, se constituye en un


Se ha demostrado la errónea aplicación e interpretación de la ley, que no guarda debida congruencia y correspondencia entre la base fáctica y la jurídica, en la que no se ha estudiado, ni hemos analizado las particularidades del presente caso concreto.

Refiere falta de motivación del Auto de Vista.
Indica:“…se debe tener presente que la motivación de las resoluciones judiciales, se constituye en un deber jurídico que hace al debido proceso, implicando que todo administrador de justicia al resolver una causa, debe inexcusablemente exponer los hechos, efectuar la fundamentación legal y citar las normas que sustentan la parte dispositiva de la misma”