Auto Supremo AS/0875/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0875/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I.ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Por Sentencia 07/2012 de 27 de junio (fs. 293), el Tribunal Segundo de del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, falló declarando a Enrique Moreno autor del delito de Estafa y autor en grado de complicidad del delito de Estelionato y, a Lucila Elena Moreno Gonzales, autora y culpable de los delitos de Estafa y Estelionato, día previstos y sancionados en los arts. 335, 337 con relación al 23, todos del CP condenándoles a sufrir la pena de cuatro año y tres meses de reclusión, con costas a favor del Estado y el resarcimiento del daño civil a favor de las víctimas, más multa de 100 días a razón de 3 Bs.

b)Contra la mencionada Sentencia, los imputados (fs. 342 a 347) interpusieron recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 21/2017 de 19 de julio, dictado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró sin lugar el recurso interpuesto y confirmó, en todas sus parte la Sentencia recurrida.

c)Por diligencia de 23 de agosto de 2017 (fs. 370 vta.), fue notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista; y, el 30 de agosto del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad