Auto Supremo AS/0887/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0887/2017-RA

Fecha: 03-Nov-2017

La recurrente, arguye que el Auto de Vista impugnado omitió el art


La recurrente, arguye que el Auto de Vista impugnado omitió el art. 17 del CP, además de las atenuantes en la imposición de la pena impuesta, al no analizar que en el momento del hecho estaba en estado de ebriedad, existiendo contradicción en la sentencia cuando se alega que la procesada aunque en estado de ebriedad actuó dolosamente, sin considerar que cuando alguien se encuentra en estado de inconsciencia no puede haber dolo, tampoco se habría tomado en cuenta las atestaciones al respecto, ni el forcejeo con el occiso, citando los Autos Supremos 372/15-RRC y 179/2012-RA, alega que no se realizó la prueba de alcoholemia ni al occiso ni a su persona, ya que al encontrarse en estado de ebriedad al momento de la comisión del hecho, no podía comprender la antijuricidad de sus actos, tal como se encuentra en el informe policial, también por las placas fotográficas, el dictamen pericial (MP-PD 10), cuyas conclusiones determinan la ausencia de conductas sicopáticas y que en el momento del hecho tenía trastornos de conciencia, como confusión en orientación, tiempo espacial y temporal, consecuentemente alega que el Auto de Vista impugnado no resolvió las contradicciones en las atenuantes de la pena en vulneración del debido proceso