Auto Supremo AS/0902/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0902/2017-RRC

Fecha: 14-Nov-2017

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dictó el Auto de


La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dictó el Auto de Vista impugnado, en el que se declaró sin lugar el recurso de apelación restringida interpuesta por Richard Landivar Guzman y Benito Ademar Yucra Alfaro y confirmó la sentencia apelada, señalando entre sus conclusiones:

Respecto a que la sentencia se encontraría dentro de la causal 5 del art. 370 del CPP, el Tribunal de alzada luego de rememorar el agravio del apelante indica que este reclamo está dirigido a cuestionar la valoración de las pruebas y no a la carencia de fundamentación, por que excede el marco legal de la causal aducida y recae en otro defecto de la sentencia, siendo pertinente recordar que el tribunal de alzada se hallaría impedido de ingresar en una revalorización de las pruebas como la parte pretendería.

III. VERIFICACIÓN DE CONTRADICCIÓN DEL AUTO IMPUGNADO CON EL PRECEDENTE INVOCADO

En el caso presente, los acusadores particulares denuncian que el Tribunal de alzada, no se pronunció sobre el agravio de que la Sentencia es contradictoria, lo cual vulneraría el debido proceso afectando la debida fundamentación y el principio de congruencia, por lo que corresponde resolver la problemática planteada