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    Auto Supremo AS/1167/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1167/2017

    Fecha: 01-Nov-2017

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    • Partes: Francisco Aguilar. c/ Elías Cristian Quispe Aguilar y otros
    • Distrito: Chuquisaca
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Deducida la apelación por la parte demandante y remitida la misma ante la instancia competente,
    • II. DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • Que el Auto definitivo para nada hace mención o referencia a dichos a los apoderados
    • Que si se consideraba infringidos los arts
    • Por lo que solicita que advertidos de dichos vicios se emita Resolución anulatoria y
    • El demandante refiere que el fin que persiguen los recursos de apelación es precisamente la
    • III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
    • La Ley Nº 025 con el fin de dar continuidad al proceso incorporó un nuevo
    • Por otra parte, el art. 17 del mismo cuerpo normativo establece
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia en su diversos fallos, entre ellos el Auto
    • Principio de Convalidación
    • Principio de preclusión
    • Principios y disposiciones legales marcan el límite de la actuación de los Jueces vocales y
    • Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • Del análisis del recurso de casación se tiene que el recurrente realiza una amplia relación
    • Al respecto corresponde señalar que conforme se tiene citado en el III
    • Ahora, si bien resulta evidente que en dicho segundo considerando de la Resolución de Alzada
    • En cuanto a que el Auto definitivo para nada hace mención o referencia a dichos
    • Al respecto corresponde precisar que de la revisión de Antecedentes se tiene que el Juez
    • En relación a que si se consideraba infringidos los arts
    • Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.

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