Con relación de los reclamos expuestos en el recurso y de la revisión del Auto
Con relación de los reclamos expuestos en el recurso y de la revisión del Auto de Vista impugnado debemos decir que el mismo partiendo del Auto Supremo Nº 474//2014 de 27/08/2014, estableció que son contradictorias las pretensiones de acción negatoria y mejor derecho propietario pues las mismas persiguen finalidades distintas y en ese sentido determino que el fallo de primera instancia al establecer el mejor derecho de propiedad que alega el demandado o reconvencionista, decreto que el mismo tiene error de juzgamiento ya que la pretensión de mejor derecho propietario y la acción negatoria no son conexas por lo cual lógicamente son excluyentes, por cuanto el mejor derecho de propiedad refieren a dos propietarios sobre un mismo bien inmueble, los cuales buscan la declaración de prioridad frente al otro, en cambio la acción negatoria comprende al propietario frente a quien afirme tener derechos sobre la cosa pero los cuales no fueron plasmados en el registro correspondiente y sobre esa base determino que la Juez de la causa incumplió con su deber de motivar y fundamentar la Sentencia
- Proceso: Acción negatoria
- Distrito: La Paz
- II. DEL CONTENIDO DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
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- No existe respuesta del recurso de casación
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
- El principio de impugnación se encuentra consagrado en el art
- Ahora Bien, el nuevo orden constitucional, que entro en vigencia con la Constitución Política del
- En este sentido en virtud del principio pro actione, es que se garantiza a toda
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Con relación de los reclamos expuestos en el recurso y de la revisión del Auto
- Asimismo en otra parte de la Resolución de Alzada índico que para determinar el mejor
- De los antecedentes descritos se establece que el Tribunal Ad quem, refirió razonamientos de fondo
- Bajo ese razonamiento, corresponde subsanar el mismo disponiendo la nulidad procesal con la finalidad de
- Por lo manifestado, corresponde a este Tribunal resolver conforme señala los arts
- Siendo excusable el error no se impone multa
- Cumpliendo lo previsto por el artículo 17
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Dra. Rita Susana Nava Durán.
