I.1 Sentencia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 707 a 708, interpuesto por Félix Vargas Choque, en representación del Sindicato de Chóferes en OMNIBUSES Departamental del Alto, “EL ALTEÑO” contra el Auto de Vista Nº 112/2016 de 12 de octubre, de fs. 695 a 699, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso laboral que sigue María Castellón Araoz contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 713 a 714, el Auto de fs. 716 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
I.1 Sentencia
CONSIDERANDO I: Antecedentes del proceso
I.1 Sentencia
- Auto Supremo Nº 66/2017-I
- Expediente: SC-CA.SAII-OR. 66/2017
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- I.1 Sentencia
- I.3 Recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Requisitos que hacen a la admisión o improcedencia del recurso de casación
- El art
- Lo anterior se sustenta, en que el recurso de casación se equipara a una nueva
- Las exigencias descritas tienen por finalidad que el recurrente debe considerar y tener presente que
- En cambio el recurso de casación en la forma busca anular determinadas actuaciones procesales
- Además de las exigencias formales expuestas, el recurrente debe observar la exigencia de la cita
- El cumplimiento de las normas legales expuestas respecto al recurso de casación en la forma
- Consiguientemente, por los fundamentos expuestos se colige que el recurrente no cumplió en absoluto con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
