I.3 Recurso de casación
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Oruro, pronunció la Sentencia Nº 021/2016 de 27 de enero, cursante de fs. 666 a 675, declarando probada en parte la demanda de fs. 14 a 17 vta., aclarada de fs. 21 a 24, 27 a 28, ordenó que el representante legal del Sindicato de Chóferes en Omnibuses Interdepartamental El Alto “El Alteño”, pague en favor de la actora la suma de Bs. 38.951.22 (Treinta y ocho mil novecientos cincuenta y uno 22/100 Bolivianos), por indemnización, aguinaldo, vacaciones, reintegros, bono de antigüedad y sueldos devengados. Además de la multa establecida en el art. 9 del D.S, 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2 Auto de Vista
En grado de apelación interpuesta por memorial de fs. 678 a 679, deducido por el representante de la empresa demandada, la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista Nº 112/2016 de 12 de octubre, cursante de fs. 695 a 699 de obrados, declaró improcedente el recurso de apelación y confirmó la Sentencia de Grado Nº 21/2016, emitida por el juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social.
I.3 Recurso de casación
I.2 Auto de Vista
En grado de apelación interpuesta por memorial de fs. 678 a 679, deducido por el representante de la empresa demandada, la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, por Auto de Vista Nº 112/2016 de 12 de octubre, cursante de fs. 695 a 699 de obrados, declaró improcedente el recurso de apelación y confirmó la Sentencia de Grado Nº 21/2016, emitida por el juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social.
I.3 Recurso de casación
- Auto Supremo Nº 66/2017-I
- Expediente: SC-CA.SAII-OR. 66/2017
- Distrito: Oruro
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- I.1 Sentencia
- I.3 Recurso de casación
- CONSIDERANDO II: Requisitos que hacen a la admisión o improcedencia del recurso de casación
- El art
- Lo anterior se sustenta, en que el recurso de casación se equipara a una nueva
- Las exigencias descritas tienen por finalidad que el recurrente debe considerar y tener presente que
- En cambio el recurso de casación en la forma busca anular determinadas actuaciones procesales
- Además de las exigencias formales expuestas, el recurrente debe observar la exigencia de la cita
- El cumplimiento de las normas legales expuestas respecto al recurso de casación en la forma
- Consiguientemente, por los fundamentos expuestos se colige que el recurrente no cumplió en absoluto con
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
