Auto Supremo AS/0111/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2017-RRC

Fecha: 20-Feb-2017

e) Al imputado Juan Achu Calisaya, luego de hacerle conocer sus derechos y garantías constitucionales


e) Al imputado Juan Achu Calisaya, luego de hacerle conocer sus derechos y garantías constitucionales se procedió a su requisa personal, encontrándose una licencia de conducir categoría “C” Nº 4776820, una credencial de la Central Obrera Departamental de La Paz, un celular Marca Nokia color blanco modelo 6010 y Bs. 2.770 (no existe acta de incautación ni de devolución), a lo que se añade luego de revisar las conclusiones del examen de laboratorio de química y toxicología forense en el apartado VII, conclusión que en el asiento de primera fila, tablero de control y piso no se detectó la presencia de cocaína, ubicación en la que se encontraba el imputado. A Ricardo Rómulo Bolo Sillca, a quien luego de hacerle conocer sus derechos y garantías constitucionales se procedió a su requisa personal, habiéndosele encontrado una cédula de identidad a nombre de Ricardo Romulo Bolo, una licencia de conducir Nº 6101510 “A”, un celular marca Nokia color blanco modelo 1600 y de la revisión del examen de laboratorio de química; y, toxicología forense en el apartado 7, conclusiones que en el asiento de primera fila, tablero de control y piso tampoco se detectó la presencia de cocaína, lugar que ocupa el imputado. Para estos acusados al no existir prueba pertinente relacionada con el narcotráfico no se puede subsumir sus conductas a los elementos del tipo penal de tráfico de Sustancias Controladas, en la modalidad de Transporte por complicidad como solicitó la representante del Ministerio Público y al existir duda razonable corresponde la aplicación del principio in dubio pro reo