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    Auto Supremo AS/0027-1/2017
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0027-1/2017

    Fecha: 24-Mar-2017

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    • VISTOS: El Recurso de Casación de fs
    • Admitida la demanda por decreto de 09 de agosto de 2013, es contestada en forma
    • 1
    • El error de hecho, se acredita en mérito a que el Tribunal de Alzada, no
    • El error de derecho, se evidencia, en mérito a que el Tribunal de segunda instancia
    • 2
    • Al haber emitido la sentencia de primera instancia, luego de 1 año y 3 meses
    • 3
    • Las autoridades que intervinieron en ambas instancias, no han valorado razonablemente los documentos referidos, en
    • En su petitorio, solicita que este Tribunal ejerciendo la facultad contenida en el art
    • II.1 Fundamentos jurídicos
    • El art
    • Coherente con lo manifestado, recordar que la Ley N° 719, dispuso que el Código Procesal
    • Teniendo presente la supletoriedad excepcional de la norma adjetiva civil, en materia laboral, por disposición
    • -El art
    • -Compulsando lo explicado, con los actuados procesales, se debe tener presente que a fs
    • La Sentencia de fs
    • -El memorial de fs
    • En este punto, la parte recurrente acusa que “las autoridades que intervinieron en ambas instancias,
    • Compulsando lo manifestado con los datos cursante en el expediente, se acredita que de fs
    • -El Auto de Apertura del Sumario Administrativo, cursante de fs
    • -Luego que el trabajador presentó sus respectivas pruebas de descargo, cumplido los plazos procesales, la
    • -El procesado contra esta decisión mediante escrito de fs
    • Contra esta decisión Oscar Vidal Caba Castillo, presento recurso jerárquico, mediante escrito de fs
    • Es en mérito de esta prueba documental que YPFB, por escrito de fs
    • Amparados en el Principio de Verdad Material, tomando en cuenta el contenido de las resoluciones
    • En mérito de lo manifestado, es pertinente y necesario corregir el error in jundicando en
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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