Auto Supremo AS/0027-1/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027-1/2017

Fecha: 24-Mar-2017

Admitida la demanda por decreto de 09 de agosto de 2013, es contestada en forma


Admitida la demanda por decreto de 09 de agosto de 2013, es contestada en forma negativa mediante escrito de fs. 47 a 49. Cumplidas las formalidades procesales, la Juez 2do de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, emitió la Sentencia Nº 22/2015, de 13 de mayo, cursante de fs. 650 a 654, declarando improbada la demanda de desafuero sindical “…al no haberse establecido la existencia de una falta gravísima, con intencionalidad o dolo de dañar el bien público o la comisión de delitos que derive en una causal de destitución de su fuente laboral”