Auto Supremo AS/0034/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2017

Fecha: 13-Mar-2017

La jurisprudencia constitucional no ha definido que debe entenderse por orden público, sin embargo, se

La jurisprudencia constitucional no ha definido que debe entenderse por orden público, sin embargo, se deduce que las normas son de Derecho Público porque regula la actividad de los sujetos del proceso, vigilando por la efectividad de los derechos y garantías fundamentales que tienen un límite en la Ley (principio de reserva legal), en ese sentido, la Sentencia de Divorcio: En Cancillería: Nº 99151, de fecha 22 de diciembre de 1987, pronunciada en el Tribunal de Circuito del Condado de Fairfax, Virginia – Estados Unidos, seguido por Martha H. Méndez contra José A. Méndez (nombres que figuran en el mencionado documento de Martha Hortencia Rodríguez Rocha y José Antonio Méndez Montaño), cursantes en obrados de fs. 2 a 7, no contraviene las libertades, derechos y garantías fundamentales y tampoco infringe las prescripciones contenidas en la norma