Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el
CONSIDERANDO II:
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el mismo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
En el caso de Autos, se advierte que el Tribunal de Alzada solo emitió pronunciamiento en cuanto al agravio referido a la irretroactividad de la Resolución Ministerial Nº 0661 y en cuanto a la supuesta discriminación, motivo que imposibilita a este Tribunal pronunciarse en cuanto a otros aspectos traídos en Casación, que no fueron motivo de pronunciamiento por parte del Tribunal de Alzada
II.1. Fundamentos jurídicos del fallo
Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el mismo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
En el caso de Autos, se advierte que el Tribunal de Alzada solo emitió pronunciamiento en cuanto al agravio referido a la irretroactividad de la Resolución Ministerial Nº 0661 y en cuanto a la supuesta discriminación, motivo que imposibilita a este Tribunal pronunciarse en cuanto a otros aspectos traídos en Casación, que no fueron motivo de pronunciamiento por parte del Tribunal de Alzada
- CONSIDERANDO I
- En grado de Apelación la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de
- Dicho fallo motivó el Recurso de Casación de fs
- Que se violaría el Principio de la Verdad Material consagrado en el art
- Manifestó que la sentencia reconocería la existencia de una relación laboral bajo un contrato indefinido,
- Acusó también que existiría aplicación indebida de la Ley al subordinar los mandatos de la
- Que se habría incurrido en la causal establecida en el art
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista Nª 83
- Mediante memorial cursante de fs
- Mediante Auto Supremo Nº 145-A de 17 de junio de 2016 la Sala Contenciosa, Contenciosa
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado minuciosamente el Recurso de Casación, corresponde resolver el
- En dicho sentido conviene recordar que el Principio de Igualdad es proclamado como uno de
- Las normas descritas consagran el derecho a la igualdad y prohibición de discriminación, el cual
- Conforme a lo expuesto, el Principio de Igualdad, consagrado en el art
- Ahora bien para de acuerdo al art
- Por lo anotado, y dado que la parte recurrente no refiere a la valoración probatoria
- Por lo que se advierte en el caso de autos la inexistencia de discriminación en
- Finalmente en cuanto a la respuesta del recurso de casación, en la cual se señaló
- Bajo estos parámetros se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado
