Auto Supremo AS/0160/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2017-RA

Fecha: 17-Mar-2017

Regístrese, hágase saber y devuélvase


Por lo expuesto, resultando evidente que en el motivo analizado, la recurrente no observó la carga de explicar de manera clara y precisa la supuesta contradicción en la que habría incurrido el Auto de Vista recurrido con los precedentes invocados, corresponde declarar su inadmisibilidad.

Finalmente, es preciso aclarar que la simple alusión que hace la recurrente de la posible existencia de defectos absolutos atribuidos a la Sentencia y que deberían ser reparados –a juicio de la recurrente- por el Tribunal de apelación, conforme a lo dispuesto por el art. 416 del CPP, no permite abrir la competencia de este Tribunal vía flexibilización; por cuanto, la recurrente no cumple con explicar mínimamente los antecedentes generadores de la lesión de algún derecho o garantía, detallando con precisión la supuesta restricción o disminución de aquellos, pues se dedica a hacer denuncias genéricas y aisladas que no permiten comprender cuáles serían los argumentos del Auto de Vista recurrido, que constituirían defectos no susceptibles de convalidación; por lo que, el recurso de casación, en definitiva, resulta inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Elizabeth Justiniano Gómez de fs. 67 a 74.

Regístrese, hágase saber y devuélvase