De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:
1) El recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no se pronunció sobre todos los puntos alegados en el recurso de apelación restringida, con el argumento de que no podía ingresar a valorar la prueba, ni revisar nuevamente los hechos por la inexistencia de doble instancia, cuando lo que solicitó es el control de la Sentencia porque el Juzgador no valoró las pruebas B10, B29 y B17, así como la certificación de la Junta de vecinos; que transcribió algunas declaraciones de testigos, con la intención de mostrar las deficiencias en la valoración de la prueba testifical, refiriendo igualmente la omisión de consideración de otros testigos de cargo y descargo, contraviniendo la lógica detallada en el recurso de apelación, sin que el Tribunal de apelación ingrese al fondo del asunto. Cita los Autos Supremos 45/2012 y 52/2012, transcribiendo parte de la doctrina legal correspondiente a dichas resoluciones
- Por memorial presentado el 21 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Víctor Navía Salazar (fs
- c) Por diligencia de 13 de octubre de 2016 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Conforme se ha precisado en el acápite anterior de la presente Resolución, para la admisión
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del presente recurso,
- En el caso del recurso interpuesto por el recurrente, se constata que fue notificado con
- De lo expuesto precedentemente, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
